Flat tax 2027 para autónomos (partite IVA): qué cambia, qué es seguro y qué es solo una hipótesis
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En resumen: a 23 de octubre de 2026 la "flat tax 2027" para autónomos (partite IVA) es solo una hipótesis: la ley de presupuestos 2027 no ha sido aprobada y su proyecto de ley todavía no ha pasado por el Consejo de Ministros. Se habla de un forfetario con umbral elevado de 85.000 a 100.000 euros, siempre al 15%, pero con IVA en factura por encima de 85.000. Cambiaría algo solo para quien ingresa entre 85.000 y 100.000 euros.
¿Cuáles son las "flat tax" de las que habla la maniobra 2027?
Son tres medidas distintas, que a menudo se confunden bajo la misma etiqueta: el forfetario con umbral de 100.000 euros para los autónomos (partite IVA), la ampliación del tramo del IRPEF al 33% hasta 60.000 euros y un impuesto del 5% sobre los aumentos derivados de la renovación de los convenios colectivos. Afectan a personas distintas, y ninguna de las tres, a 23 de octubre de 2026, está contenida en un texto aprobado.
- Forfetario a 100.000 €. Es la medida para los autónomos: el umbral de ingresos u honorarios para seguir en el régimen subiría de 85.000 € a 100.000 €, con el impuesto sustitutivo al 15% y las obligaciones de IVA de todos modos desde 85.000 € (Sky TG24, 13/10/2026; Alanews, 20/10/2026).
- IRPEF al 33% hasta 60.000 €. No es una flat tax, sino un segundo tramo más largo: hoy el 33% se aplica hasta 50.000 €. Afecta a empleados, pensionistas y autónomos en régimen ordinario, no a los forfetarios. El ahorro máximo sería de 1.000 € al año (Sky TG24, 13/10/2026; Informazione Fiscale, 20/10/2026, que la considera sin cobertura financiera).
- 5% sobre los aumentos contractuales. Una tributación reducida de los incrementos salariales por la renovación de los convenios colectivos que, según Sky TG24 del 13/10/2026, "podría confirmarse". Afecta a los trabajadores por cuenta ajena, no a las partite IVA.
¿Qué ya es ley y qué es solo una hipótesis?
Son ley las reglas del forfetario del art. 1, apartados 54-89, de la Ley 190 de 2014: umbral de 85.000 €, salida inmediata por encima de 100.000 €, impuesto del 15%. Son hipótesis todas las novedades de 2027 leídas en la prensa: se convierten en normas solo con la ley de presupuestos aprobada por el Parlamento y publicada en la Gazzetta Ufficiale.
| Tema | Qué dice hoy la ley | Qué se hipotetiza para 2027 | Fuente y fecha |
|---|---|---|---|
| Umbral del forfetario | 85.000 € de ingresos o honorarios en el año anterior (ap. 54, letra a) | 100.000 €, impuesto sin cambios al 15% | Ley: Ley 190/2014. Hipótesis: Sky TG24 13/10/2026, Alanews 20/10/2026 |
| IVA | Franquicia hasta 85.000 €: es el máximo permitido por el art. 284 de la Directiva 2006/112/CE | IVA en factura desde 85.000 € incluso con el umbral en 100.000 € | Ley: Directiva 2006/112/CE y circular AE 32/E/2023. Hipótesis: Alanews 20/10/2026 |
| Salida inmediata | Por encima de 100.000 € el régimen cesa de inmediato, con IVA desde la operación que supera el límite (ap. 71) | Ningún cambio en las fuentes citadas | Ley 190/2014; circular AE 32/E/2023 |
| Límite para quien también tiene salario | 35.000 € de renta de trabajo por cuenta ajena o pensión para 2025 y 2026, después 30.000 € (ap. 57, letra d-ter) | Sin prórroga en la maniobra, desde 2027 vuelve a 30.000 € | Ficha de la Agenzia delle Entrate; Alanews 20/10/2026 |
| Segundo tramo del IRPEF | 33% hasta 50.000 € (art. 11 del TUIR, Testo unico delle imposte sui redditi, modificado por la Ley 199/2025) | 33% hasta 60.000 € | Sky TG24 13/10/2026; Informazione Fiscale 20/10/2026 |
| Tramitación de la maniobra | Aprobado por el Consejo de Ministros solo el Documento programático de presupuesto (13/10/2026), que no menciona el forfetario | Proyecto de ley de presupuestos en el Consejo de Ministros a finales de octubre | Comunicado CdM n. 192 del 13/10/2026; prensa |
La tabla completa de parámetros 2026, con la norma y la circular para cada línea, está en la sección reglas en vigor del simulador.
¿A quién afecta el forfetario a 100.000 euros?
Solo a quien ingresa entre 85.000 € y 100.000 €. Por debajo de 85.000 € sigues siendo forfetario con o sin la reforma; por encima de 100.000 € sales del régimen en ambos casos. El tramo intermedio es el único en el que la hipótesis cambiaría el régimen fiscal del año siguiente.
| Ingresos o honorarios cobrados | Con las reglas en vigor | Con la hipótesis 2027 |
|---|---|---|
| Hasta 85.000 € | Sigues siendo forfetario también el año siguiente | No cambia nada |
| De 85.000 € a 100.000 € | Sigues siendo forfetario hasta fin de año; desde el año siguiente pasas al ordinario (circular AE 32/E/2023, §2.1) | Seguirías siendo forfetario, pero con IVA en factura |
| Por encima de 100.000 € | Sales de inmediato, con IVA desde la operación que supera el límite | No cambia nada |
Lo que ocurre en la práctica cuando superas los 85.000 € se explica en superas los 85.000 euros en el forfetario: qué pasa.
¿Cuánto vale la hipótesis en euros? Un ejemplo con 92.000 euros
Para un artesano de la construcción que ingresa 92.000 € con la reducción de cotizaciones del 35%, la carga del forfetario es de 22.489,92 €; en el régimen ordinario, al que las reglas actuales lo llevarían el año siguiente, subiría a 37.179,96 €. Con el umbral de 100.000 euros la diferencia, 14.690,04 € al año, quedaría en el bolsillo, sin contar el IVA.
Los pasos, calculados por el motor del simulador con los parámetros 2026:
- Forfetario. Renta = 92.000 € × 86% (coeficiente de construcción y actividades inmobiliarias) = 79.120,00 €. Cotizaciones INPS de artesanos reducidas un 35%: 12.496,38 €. Base imponible 66.623,62 €, impuesto al 15%: 9.993,54 €. Carga total: 22.489,92 €.
- Ordinario desde el año siguiente. Con los mismos costes presuntos (14% de los ingresos, 12.880,00 €) la renta es 79.120,00 €. Cotizaciones de artesano completas, porque la reducción del 35% existe solo en el forfetario: 19.225,20 €. IRPEF neto sobre la base imponible de 59.894,80 €: 17.954,76 €, sin incluir los recargos regional y municipal. Carga total: 37.179,96 €.
- Diferencia. 37.179,96 € − 22.489,92 € = 14.690,04 € al año: es lo que la hipótesis le evitaría pagar, comparando dos años "a régimen".
Dos cautelas. Los costes del ordinario son los que el forfetario presume para el sector (14% de los ingresos): con costes reales más altos, la diferencia se reduce. Y el IVA en factura por encima de 85.000 € no entra en la cuenta. Repite el cálculo con tus datos: abre este ejemplo en el simulador y modifica ingresos, sector y cotizaciones.
¿Por qué con el umbral de 100.000 euros el IVA empezaría en 85.000?
Porque la franquicia de IVA de las pequeñas empresas no la decide Italia por sí sola: el art. 284 de la Directiva 2006/112/CE, en la versión vigente desde 2025, la fija en 85.000 € de volumen de negocios nacional. Un Estado puede subir el umbral del impuesto sobre la renta, pero no el de la exención del IVA. Por eso las hipótesis hablan de un 15% hasta 100.000 € pero con IVA en factura.
Para quien factura a empresas el IVA es en gran medida neutro, porque el cliente lo deduce; para quien trabaja con particulares significa subir los precios o asumir el coste. El razonamiento completo está en forfetario a 100.000 euros pero IVA desde 85.000 y en la sección nudo del IVA del simulador.
¿Qué cambia en 2027 si además tienes un salario?
Puede cambiar más que el umbral de 100.000 euros. Hoy no puedes ser forfetario si el año anterior tuviste rentas de trabajo por cuenta ajena o de pensión por encima de 35.000 €, límite válido para 2025 y 2026. Sin una prórroga en la ley de presupuestos 2027, el límite vuelve a 30.000 €, salvo que la relación laboral haya terminado.
Quien tiene un salario entre 30.000 € y 35.000 € y además una partita IVA encuentra los casos y las fechas en forfetario y trabajo por cuenta ajena: el límite de 30.000 o 35.000 euros.
¿Cuándo se sabrá si la flat tax 2027 se convierte en ley?
Solo cuando el Parlamento haya aprobado la ley de presupuestos, que para tener efecto desde el 1 de enero de 2027 debe completar su tramitación antes del 31 de diciembre de 2026. Antes hace falta el proyecto de ley del Gobierno, que a 23 de octubre todavía no ha pasado por el Consejo de Ministros; después, el examen en la Cámara y en el Senado, donde el texto puede cambiar con enmiendas.
Junto a la maniobra, en el Senado se presentó el 14 de septiembre de 2026 el proyecto de ley S.2033 sobre las "condiciones de acceso al régimen forfetario" (primera firmante, la senadora Stefania Craxi), asignado a comisión el 30 de septiembre y todavía sin examinar. Plazos, fechas y dónde leer los textos oficiales están en ley de presupuestos 2027 y flat tax: las etapas y las fechas, actualizada en cada paso, y en la sección estado de la ley del simulador.
Las guías de este grupo
Cada guía responde a una pregunta concreta y abre el simulador ya completado con el caso del que habla.
- Ley de presupuestos 2027 y flat tax: las etapas y las fechas: en qué punto está la maniobra y dónde leer los textos oficiales.
- Superas los 85.000 euros en el forfetario: qué pasa este año, el que viene y con el umbral en 100.000.
- Forfetario a 100.000 euros pero IVA desde 85.000: el límite de la directiva del IVA y qué cambia en la factura.
- Forfetario y trabajo por cuenta ajena: el límite de 30.000 o 35.000 euros y qué pasa en 2027.
- Forfetario o régimen ordinario: la comparación con ejemplos calculados sobre costes, cotizaciones y deducciones.
- Coeficientes de rentabilidad por código ATECO: la tabla oficial y cómo convierte los ingresos en renta.
- Cotizaciones INPS en el forfetario 2026: gestión separada al 26,07%, artesanos, comerciantes y la reducción del 35%.
- Forfetario al 5% para las nuevas actividades: requisitos, duración y cuándo se pierde.
- IRPEF 2027 al 33% hasta 60.000 euros: quién se beneficia y cuánto, como máximo 1.000 € al año.
Fuentes
- Ley de 23 de diciembre de 2014, n. 190, art. 1, apartados 54-89 (régimen forfetario, texto vigente en Normattiva), consultada el 23/10/2026.
- Agenzia delle Entrate, ficha "Regime forfetario" (requisitos, límite de 35.000 euros para 2025 y 2026), consultada el 23/10/2026.
- Agenzia delle Entrate, circular 32/E de 5 de diciembre de 2023 (umbrales de 85.000 y 100.000, efectos sobre el IVA), consultada el 23/10/2026.
- INPS, circular n. 14 de 9 de febrero de 2026 (artesanos y comerciantes, reducción del 35%), consultada el 23/10/2026.
- Ley de 30 de diciembre de 2025, n. 199, art. 1, apdo. 3 (segundo tramo del IRPEF al 33%), consultada el 23/10/2026.
- Gobierno, comunicado del Consejo de Ministros n. 192 de 13 de octubre de 2026 (Documento programático de presupuesto 2027), consultado el 23/10/2026.
- Senado, ficha de la tramitación del DDL S.2033 (datos abiertos del Senado, estado "asignado, examen aún no iniciado"), consultada el 23/10/2026.
- Hipótesis de maniobra, fuentes periodísticas y no normativas: Sky TG24, 13 de octubre de 2026; Alanews, 20 de octubre de 2026; Informazione Fiscale, 20 de octubre de 2026; consultadas el 23/10/2026.
Preguntas frecuentes
¿La flat tax 2027 para autónomos (partite IVA) ya es ley?
No. A 23 de octubre de 2026 el Consejo de Ministros solo ha aprobado el Documento programático de presupuesto, el 13 de octubre, que no menciona el forfetario. El proyecto de ley de presupuestos (disegno di legge di bilancio) todavía no ha pasado por el Consejo de Ministros. El forfetario con el umbral elevado de 85.000 a 100.000 euros sigue siendo una hipótesis recogida por la prensa.
¿Qué cambia en el forfetario en 2027?
De momento, nada seguro. La hipótesis recogida por la prensa es elevar el umbral de ingresos de 85.000 a 100.000 euros, con el impuesto sustitutivo sin cambios al 15% y el IVA en factura por encima de 85.000 euros. Además, sin prórroga, el límite de renta de trabajo por cuenta ajena para acceder al régimen vuelve de 35.000 a 30.000 euros.
¿Quién se beneficia del forfetario a 100.000 euros?
Solo quien ingresa entre 85.000 y 100.000 euros. Con las reglas en vigor sigue siendo forfetario hasta fin de año y pasa al régimen ordinario desde el año siguiente; con la hipótesis seguiría siendo forfetario, pero con IVA en factura. Por debajo de 85.000 euros y por encima de 100.000 euros no cambiaría nada.
¿El IRPEF al 33% hasta 60.000 euros se aplica también a los forfetarios?
No. El forfetario paga un impuesto sustitutivo del 15%, no el IRPEF (impuesto italiano sobre la renta de las personas físicas) por tramos. La ampliación del segundo tramo de 50.000 a 60.000 euros afectaría a empleados, pensionistas y autónomos en régimen ordinario, con un ahorro máximo de 1.000 € al año. Es una hipótesis que Informazione Fiscale, el 20 de octubre de 2026, considera sin cobertura financiera.
¿Cuándo se sabrá si el forfetario sube a 100.000 euros?
Cuando la ley de presupuestos 2027 sea aprobada por el Parlamento y publicada en la Gazzetta Ufficiale: para tener efecto desde el 1 de enero de 2027, la tramitación debe completarse antes del 31 de diciembre de 2026. Hasta entonces el texto puede cambiar, también con las enmiendas de la Cámara y del Senado.
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