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Contribuciones INPS en el forfetario 2026: gestión separada, artesanos, comerciantes y reducción del 35%

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En resumen: en el forfetario (régimen fiscal simplificado para autónomos), las contribuciones INPS (Instituto Nacional de Previsión Social) se calculan sobre el ingreso forfetario, es decir, sobre los ingresos cobrados multiplicados por el coeficiente del sector, y se restan de ese mismo ingreso antes del impuesto. En 2026, los profesionales sin caja pagan el 26,07% en gestión separada; los artesanos y los comerciantes pagan al menos 4.521,36 € y 4.611,64 € al año, y pueden pedir la reducción del 35%.

¿Quieres ver cuánto pesa la reducción del 35% en tu caso? El simulador flat tax 2027 se abre ya configurado en INPS artesanos con reducción: introduce ingresos y sector y compara contribuciones, impuesto y neto con y sin reducción.

¿Qué caja INPS paga un forfetario?

Depende de la actividad, no del régimen fiscal. Quien ejerce una actividad artesanal o comercial está inscrito en la caja de artesanos o en la de comerciantes, con una contribución mínima fija incluso con ingresos cero. El profesional sin caja propia paga a la gestión separada un porcentaje de sus ingresos, sin mínimo. Quien está inscrito en un colegio profesional con caja propia paga a su caja.

Contribuciones INPS 2026 (circulares INPS n. 8 del 3/2/2026 y n. 14 del 9/2/2026)
GestiónTipo 2026Mínimo anualTope de ingresosReducción 35%
Gestión separada (profesionales sin caja)26,07% (25% + 0,72% + 0,35% ISCRO); 24% si es pensionista o ya está asegurado en otra forma obligatoriaNingún mínimo que pagar; el año completo se acredita con al menos 4.903,25 €122.295 €No
Artesanos24% hasta 56.224 €, 25% por encima4.521,36 € sobre la base mínima de 18.808 €122.295 € (93.707 € para quien tiene contribuciones anteriores a 1996)Sí, previa solicitud
Comerciantes24,48% hasta 56.224 €, 25,48% por encima4.611,64 € sobre la base mínima de 18.808 €122.295 € (93.707 € para quien tiene contribuciones anteriores a 1996)Sí, previa solicitud

El 0,48% adicional de los comerciantes financia casi todo (0,46%) la indemnización por cese definitivo de la actividad comercial. El mínimo de contribución incluye también la contribución de maternidad de 0,62 euros al mes.

¿Cómo se calculan las contribuciones en el forfetario?

Sobre el ingreso forfetario: los ingresos cobrados por el coeficiente de rentabilidad de tu grupo ATECO. Para artesanos y comerciantes lo dice el apartado 77 de la ley 190/2014, que hace del ingreso forfetario la base imponible previsional. Las contribuciones pagadas en el año se restan después de ese mismo ingreso, y el impuesto sustitutivo del 15% se paga sobre la diferencia.

El coeficiente, por tanto, también decide cuántas contribuciones pagas: con los mismos ingresos, una empresa de construcción (coeficiente 86%) paga más que una tienda (coeficiente 40%). La tabla completa está en coeficientes de rentabilidad del forfetario por código ATECO.

¿Cuánto pagan de contribuciones los forfetarios? Tres ejemplos calculados

Con las reglas de 2026, un profesional en gestión separada con 50.000 € de honorarios paga 10.167,30 €; un comerciante con 50.000 € de ingresos paga 4.903,44 €; un artesano de la construcción con 60.000 € paga 12.391,44 €, que bajan a 8.054,44 € con la reducción del 35%. Los pasos están en la tabla.

Régimen forfetario, tipo 15%, parámetros INPS 2026
Profesional, gestión separadaComercianteArtesano de la construcciónArtesano de la construcción con reducción del 35%
Ingresos u honorarios50.000 €50.000 €60.000 €60.000 €
Coeficiente78%40%86%86%
Ingreso forfetario39.000 €20.000 €51.600 €51.600 €
Contribuciones INPS10.167,30 €4.903,44 €12.391,44 €8.054,44 €
Base imponible28.832,70 €15.096,56 €39.208,56 €43.545,56 €
Impuesto sustitutivo4.324,91 €2.264,48 €5.881,28 €6.531,83 €
Total impuesto + contribuciones14.492,21 €7.167,92 €18.272,72 €14.586,27 €

Repite las cuentas con tus datos: artesano con reducción, comerciante, profesional en gestión separada.

¿Cómo funciona la reducción del 35% de las contribuciones?

Es una reducción facultativa reservada a los forfetarios que ejercen una actividad empresarial, es decir, inscritos en las cajas de artesanos y comerciantes: los profesionales en gestión separada no tienen derecho a ella. Reduce en un 35% todo lo debido, tanto la cuota fija sobre la base mínima como la del ingreso excedente, y solo se obtiene presentando una solicitud telemática al INPS.

No hay que confundirla con la reducción del 50% para quien se inscribió por primera vez en 2025 en las cajas de artesanos o comerciantes (art. 1, apartado 186, ley 207/2024): es otra medida, explicada por el INPS con la circular 83 del 24 de abril de 2025.

¿Compensa la reducción del 35%?

Aumenta el neto de hoy, pero reduce las contribuciones acreditadas para la pensión. No es un ahorro íntegro: unas contribuciones menores aumentan la base imponible, así que una parte del ahorro vuelve al Estado como impuesto. Si además lo pagado baja por debajo de la contribución ordinaria sobre la base mínima, el INPS te acredita menos de doce meses por ese año.

Artesano de la construcción con 60.000 €. Con la reducción paga 4.337,00 € menos en contribuciones, pero 650,55 € más en impuesto: el neto sube 3.686,45 €. Lo pagado reducido (8.054,44 €) sigue por encima de la contribución ordinaria sobre la base mínima (4.521,36 €), así que el año se acredita completo, pero con contribuciones más bajas.

Comerciante con 50.000 €. Con la reducción paga 3.187,24 € en lugar de 4.903,44 € (1.716,20 € menos) y el neto sube 1.458,77 €. Pero 3.187,24 € son menos que la contribución ordinaria sobre la base mínima, 4.611,64 €: para ese año el INPS acredita un número de meses proporcional a lo pagado, que equivale a alrededor del 69%. Es la regla del art. 2, apartado 29, de la ley 335/1995, a la que remite el apartado 77 y que el INPS aplica al régimen con ventajas (circular 35 de 2016).

En resumen: menos contribuciones hoy significan menos contribuciones en tu posición previsional y, por tanto, una pensión más baja y, por debajo de la base mínima, menos meses de antigüedad. Si te conviene la reducción depende de cuánto pesan para ti el neto de hoy y la pensión de mañana: es una decisión que hay que tomar con el asesor fiscal o con un patronato, y el simulador te da los números para tomarla. La comparación completa de regímenes está en forfetario o régimen ordinario, cuál conviene; si acabas de empezar, mira también el forfetario al 5% para las nuevas actividades.

¿Y si estás inscrito en una caja profesional?

Pagas a tu caja, no al INPS, y con sus reglas: los tipos, las contribuciones mínimas y los plazos cambian de una caja a otra. Por eso el simulador no los estima. Si eliges «caja profesional», te pide el tipo de tu contribución subjetiva y lo aplica al ingreso forfetario; los mínimos y las contribuciones integrativas quedan fuera del cálculo.

La reducción del 35% no afecta a las cajas: solo vale para las gestiones INPS de artesanos y comerciantes.

¿Qué cambia en 2027? Qué es seguro y qué es hipótesis

A 23 de octubre de 2026 no cambia nada oficial. Los tipos, la base mínima y los topes de 2027 los publicará el INPS con las circulares de principio de 2027: las de 2026 salieron el 3 y el 9 de febrero. La ley de presupuestos de 2027 no está aprobada, y no consta ningún texto que modifique la reducción del 35%.

QuéEstado a 23/10/2026Fuente
Gestión separada 26,07%, artesanos 24%, comerciantes 24,48%, base mínima 18.808 €Vigente para 2026Circulares INPS 8/2026 y 14/2026
Reducción del 35% para artesanos y comerciantes forfetariosVigente, previa solicitudArt. 1, apartados 76 a 84, ley 190/2014
Parámetros INPS 2027Aún no publicadosPrevistos con las circulares INPS de principio de 2027
Forfetario hasta 100.000 € de ingresosHipótesis de prensa, sin texto oficialSky TG24 13/10/2026; Alanews 20/10/2026

Hay un efecto indirecto: hoy quien supera los 85.000 € pasa al régimen ordinario desde el año siguiente, y allí la reducción del 35% no existe. En el escenario «hipótesis 2027» el simulador mantiene la reducción también entre 85.000 € y 100.000 €, porque seguirías siendo forfetario: es un supuesto que hay que verificar en el texto de la ley, cuando exista. La explicación está en la sección zona gris del simulador y, para el estado de la maniobra, en el centro flat tax 2027 para las partite IVA.

Contribuciones, impuesto y neto de tu caso, con y sin la reducción del 35%, con las reglas de 2026 y con la hipótesis de 100.000 €: abre el simulador flat tax 2027. El resultado orienta: la decisión se toma con el asesor fiscal.

Fuentes

Preguntas frecuentes

¿Cuánto se paga en contribuciones INPS en el forfetario en 2026?

Depende de la gestión. En gestión separada, el 26,07% de los ingresos del forfetario, sin mínimo. Los artesanos y los comerciantes pagan al menos 4.521,36 € y 4.611,64 € sobre la base mínima de 18.808 €, más el 24% o el 24,48% sobre los ingresos que superen esa base, y un punto más por encima de 56.224 €.

¿Compensa la reducción del 35% de las contribuciones?

Aumenta el neto de hoy, pero reduce las contribuciones acreditadas. Para un artesano de la construcción con 60.000 € de ingresos, las contribuciones bajan 4.337,00 €, el impuesto sube 650,55 € y el neto aumenta 3.686,45 €. Si lo pagado baja por debajo de la contribución ordinaria sobre la base mínima, el INPS acredita menos de doce meses. La decisión debe tomarla el asesor fiscal (commercialista).

¿Hasta cuándo hay que solicitar al INPS la reducción del 35%?

Quien ya la tiene la mantiene si sigue en el forfetario y no renuncia. Quien inició la actividad en 2025 debía solicitarla antes del 28 de febrero de 2026 mediante solicitud telemática al INPS; quien empieza en 2026 debe solicitarla en cuanto reciba la resolución de inscripción. La renuncia es definitiva y, si se presenta después del 28 de febrero, surte efecto desde el año siguiente.

¿Pueden los profesionales en gestión separada acogerse a la reducción del 35%?

No. La reducción de los apartados 76 a 84 de la ley 190/2014 se refiere a los forfetarios que ejercen una actividad empresarial, inscritos en las cajas de artesanos y comerciantes. En gestión separada se paga el 26,07% de los ingresos del forfetario, o el 24% para los pensionistas y para quienes ya están asegurados en otra forma obligatoria.

¿Cuándo se publican los tipos INPS 2027 para los forfetarios?

Los publica el INPS con las circulares de principio de año: las de 2026 salieron el 3 de febrero (gestión separada) y el 9 de febrero (artesanos y comerciantes). A 23 de octubre de 2026 no existen los parámetros de 2027 y la ley de presupuestos de 2027 no está aprobada.

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