El cliente pide un pago a 90 días: cómo protegerse
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En resumen: un plazo de pago de 90 días entre empresas no está prohibido por la ley italiana, pero tampoco es válido sin condiciones. El D.Lgs. 231/2002 (transposición de la normativa de la UE sobre morosidad en las operaciones comerciales) permite plazos superiores a 60 días solo si se pactan expresamente y no son «gravemente injustos» para quien los sufre. Aceptarlo sin verificar al cliente aumenta de todos modos tu exposición durante tres meses completos, con independencia de la validez legal de la cláusula.
Qué dice la ley sobre los plazos superiores a 60 días
El plazo de pago por defecto, en ausencia de un acuerdo por escrito, es de 30 días. Las partes pueden pactar expresamente un plazo más largo —incluso 90 días o más—, pero el art. 7 del D.Lgs. 231/2002 declara nulas las cláusulas sobre el plazo de pago que resulten gravemente injustas para el acreedor, es decir, cuando el acuerdo, sin una justificación objetiva, tiene como finalidad principal proporcionar al deudor liquidez adicional a costa de quien suministra. Si un juez considera que un plazo de 90 días es gravemente injusto en un caso concreto, el efecto práctico no es un plazo «a voluntad»: el pago vuelve a ser exigible en el plazo legal de 30 días.
Qué convierte, en la práctica, un plazo en «gravemente injusto»
No existe un umbral numérico automático a partir del cual un plazo sea nulo: la valoración es discrecional, caso por caso, y tiene en cuenta la práctica comercial del sector, la naturaleza del suministro y el equilibrio global de la relación entre las partes. Un plazo de 90 días impuesto unilateralmente a un pequeño proveedor por un cliente en posición de fuerza contractual, sin ninguna razón objetiva ligada al suministro, tiene más probabilidades de considerarse injusto que un plazo de 90 días acordado en un sector donde es una práctica extendida y justificada (por ejemplo, ciclos de venta minorista largos).
Qué ocurre en caso de retraso, incluso más allá del plazo pactado
El D.Lgs. 231/2002 prevé, para las operaciones comerciales entre empresas, un mecanismo más severo que el ordinario del Código Civil: los intereses de demora corren automáticamente desde el día siguiente al vencimiento, sin necesidad de un requerimiento formal, y el acreedor tiene derecho a un resarcimiento a tanto alzado de 40 € por los costes de recobro, debido automáticamente además de los intereses. El tipo de demora aplicable es superior al tipo legal ordinario, y se actualiza periódicamente sobre la base del tipo de referencia del BCE: compruébalo actualizado en el momento en que lo necesites, y no te fíes de un porcentaje leído en otra parte meses antes.
Verificar al cliente antes de aceptar, no solo discutir la cláusula
Con independencia de la validez legal del plazo, aceptar 90 días significa quedar expuesto durante tres meses frente a ese cliente concreto. Antes de aceptar, verificar su solidez patrimonial, su comportamiento de pago frente a otros proveedores y las posibles señales de alerta reduce el riesgo real: la tutela legal frente a la nulidad de una cláusula injusta llega, en cualquier caso, después, cuando el daño (cobro perdido, tiempo, eventual litigio) ya se ha producido en parte.
Preguntas frecuentes
¿Es legal en Italia un plazo de pago a 90 días entre empresas?
Sí, si se pacta expresamente; pero el art. 7 del D.Lgs. 231/2002 declara nulas las cláusulas sobre el plazo de pago gravemente injustas para el acreedor. Si un juez las considera tales, el pago vuelve a ser exigible en el plazo legal de 30 días.
¿Qué convierte un plazo de pago en 'gravemente injusto'?
No existe un umbral numérico automático: la valoración es discrecional, caso por caso, y tiene en cuenta la práctica comercial del sector, la naturaleza del suministro y el equilibrio global de la relación entre las partes.
¿Qué ocurre en caso de retraso en una operación comercial entre empresas?
El D.Lgs. 231/2002 prevé intereses de demora automáticos desde el día siguiente al vencimiento, sin necesidad de requerimiento formal, más un resarcimiento a tanto alzado de 40 € por los costes de recobro, debido automáticamente además de los intereses.
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