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Due diligence antes de comprar una empresa o una rama de empresa: los controles preliminares

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En breve: antes de firmar una carta de intenciones para comprar una empresa, una rama de empresa o las participaciones de una sociedad, verifica con datos públicos quién es el vendedor, quién lo controla realmente, qué dice su último balance, si constan protestos o procedimientos concursales y con qué otras sociedades está vinculado. Son controles rápidos, que deciden si merece la pena pagar la due diligence propiamente dicha, la de libros contables, contratos, trabajadores y deudas fiscales, que sigue siendo tarea del contable y del abogado.

Para una operación de este peso, el nivel Istruttoria del informe Veryfy (99 €) aplica a los datos y señales del informe los algoritmos de riesgo desarrollados por gestores de riesgo expertos, además de inmuebles a nombre, relaciones societarias y balance reclasificado. Si te basta la verificación automática, el nivel Decisión cuesta 49 €.

Por qué los controles deben hacerse antes de la carta de intenciones

La carta de intenciones es el momento en que las partes fijan el precio indicativo, el perímetro de la operación y la exclusividad de la negociación. Después empieza la due diligence profesional: acceso a documentos, consultores, semanas de trabajo y honorarios. Si un dato público ya disponible hoy hubiera cambiado el precio o hecho fracasar la operación, es mejor saberlo antes de quedar atado por una exclusividad y antes de pagar a los consultores. Esta verificación preliminar no sustituye la due diligence: sirve para decidir si iniciarla y con qué preguntas.

Participaciones, empresa o rama: lo que compras cambia lo que hay que controlar

Hay también un aspecto fiscal. Según el art. 14 del D.Lgs. 472/1997, en el texto vigente a 19 de octubre de 2026, quien adquiere una empresa o una rama responde solidariamente, dentro del valor de lo adquirido y tras la excusión previa del vendedor, de los impuestos y sanciones relativos a las infracciones del año de la transmisión y de los dos anteriores. La misma norma prevé un certificado, emitido a petición de las oficinas financieras, sobre las impugnaciones en curso y las ya definidas con deudas impagadas: si es negativo, libera al adquirente. A partir del 1 de enero de 2027, el art. 14 del D.Lgs. 472/1997 queda derogado y la misma regulación pasa al art. 16 del Texto único de sanciones tributarias [Testo unico delle sanzioni tributarie] (D.Lgs. 173/2024, según modificado por el D.L. 200/2025): la referencia vigente a la fecha de tu transmisión la verifica el contable.

En una rama de empresa hay un límite práctico: el balance público es el de la sociedad que transmite, no el de la rama. Los datos públicos te dicen lo sólido que es el vendedor, no lo que vale la rama.

Los controles sobre el vendedor

Los controles sobre la empresa o la rama

Lo que queda para el contable y el abogado

Los datos públicos no llegan adonde llega la due diligence profesional. Quedan para tus asesores, entre otras cosas:

Lo que no es esta verificación

Veryfy no es un despacho de abogados ni un asesor de operaciones extraordinarias: no valora la empresa, no estima un precio y no analiza documentos reservados. Cruza balances, Registro de Empresas y otras bases de datos oficiales para mostrar hechos con fuente y fecha y señales de atención, no un juicio sobre la operación. Si la operación se parece más a una alianza que a una compra, como una joint venture o una exclusividad, parte del mapa de la due diligence societaria para partnerships y acuerdos.

Antes de firmar la carta de intenciones, verifica al vendedor: el nivel Istruttoria (99 €) reúne titular real, protestos, procedimientos, balance reclasificado, inmuebles a nombre y relaciones societarias, con la aplicación de algoritmos de riesgo desarrollados por gestores de riesgo expertos; el nivel Decisión (49 €) ofrece los mismos datos sin esa capa.

Preguntas frecuentes

¿Cómo hacer una due diligence empresarial antes de comprar una empresa?

Antes de la carta de intenciones, verifica con datos públicos quién es el vendedor y quién lo controla realmente, el balance depositado con su fecha, protestos y procedimientos concursales, inmuebles a su nombre y relaciones societarias. Si los datos son sólidos, encarga a tu contable y a tu abogado la due diligence profesional sobre libros contables, contratos, trabajadores y situación fiscal.

¿Quien compra una rama de empresa responde de las deudas del vendedor?

En parte. Para la empresa comercial, el adquirente responde de las deudas relativas al ejercicio de la empresa anteriores a la transmisión si constan en los libros contables obligatorios (art. 2560 c.c.); respecto de los créditos de los trabajadores en el momento de la transmisión, vendedor y adquirente responden solidariamente (art. 2112 c.c.). En cuanto a impuestos y sanciones rige, dentro del valor de la rama, el art. 14 del D.Lgs. 472/1997 [decreto legislativo] (desde 2027, el art. 16 del D.Lgs. 173/2024).

Comprar participaciones o comprar la empresa: ¿qué cambia en los controles?

Si compras las participaciones, la sociedad sigue siendo la misma con todas sus deudas, contratos y litigios: se verifican la sociedad y los socios que venden. Si compras la empresa o una rama, el vendedor es la sociedad que la transmite, y algunas deudas te siguen según las reglas del Código civil.

¿El balance del vendedor basta para valorar una rama de empresa?

No. El balance público es el de toda la sociedad que transmite, no el de la rama, y recoge las deudas de forma agregada, sin la lista de acreedores. Indica lo sólido que es el vendedor; los datos de la rama hay que pedirlos en la due diligence.

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